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El organismo de control vetó la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el país. La decisión quedó establecida en la disposición 680/2024 publicada en el Boletín Oficial.
23/01/2024La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país y en las plataformas de venta online de una marca de aceite de oliva, que “carece de registros de establecimiento y de producto, está falsamente rotulado” y es ilegal.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial tras una investigación llevada a cabo por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) que realizó a través del Sistema de Información para la Gestión del Control de los Alimentos, en relación al producto rotulado como “Aceite de oliva, Blend Extra Virgen, marca Finca La Anita en su presentación de 5000 cc”.
Ya que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria que evalúe las medidas a adoptar.
“El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registro sanitario de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros dados de baja y pertenecientes a otra empresa, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”, aclara el texto.
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