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canonical_url: "https://enfoquesalta.com/contenido/2075/memorandum-del-ministerio-de-salud-todos-los-hospitales-o-centros-de-salud-deben"
title: "Memorándum del Ministerio de Salud: \"Todos los hospitales o centros de salud deben atender las urgencias de cualquier paciente\""
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description: "El documento que lleva la firma del secretario de Servicios de Salud, Adrián Rúa, recuerda que la atención se debe brindar independientemente del tipo de complejidad del establecimiento."
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date_published: "2023-01-27T13:28:00-03:00"
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tags:
  - "Centros de Salud"
  - "hospital"
  - "Ministerio de Salud"
  - "urgencia"
category_name: "Salta"
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# Memorándum del Ministerio de Salud: "Todos los hospitales o centros de salud deben atender las urgencias de cualquier paciente"

![Emergencias-Medicas](/download/multimedia.normal.b03f331ac0b9e146.456d657267656e636961732d4d6564696361735f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**Con el objetivo de garantizar que todas las personas puedan recibir asistencia adecuada en cualquier efector de salud del sistema estatal, el Ministerio de Salud Pública emitió un memorándum dirigido a los gerentes generales de todas las áreas operativas de la provincia.**

**![5477-adrian-rua-superviso-los-servicios-de-salud-en-areas-operativas-del-norte](http://enfoquesalta.com/download/multimedia.normal.9f292189e651359b.353437372d61647269616e2d7275612d73757065727669736f2d6c6f732d73655f6e6f726d616c2e77656270.webp)**

El documento lleva la firma del secretario de Servicios de Salud, Adrián Rúa, y entre otros conceptos recuerda a los responsables de los efectores sanitarios que “ante situaciones de urgencia y/o emergencia, el paciente debe recibir adecuada atención en cualquier hospital o centro de salud donde se presente, sin perjuicio del tipo de complejidad del mismo e independientemente de su carta de servicios, debiendo activarse de inmediato el sistema de referencia y contrarreferencia”.

![87529-todos-los-hospitales-o-centros-de-salud-deben-atender-las-urgencias-de-cualquier-paciente](http://enfoquesalta.com/download/multimedia.normal.933d8b0093b24710.38373532392d746f646f732d6c6f732d686f73706974616c65732d6f2d63656e5f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**En el memorándum también se menciona que la salud “en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida”, por lo que todo agente dependiente del Ministerio de Salud Pública “se encuentra obligado a desempeñarse con eficiencia, capacidad y diligencia en sus funciones, debiendo atender con diligencia y respeto a toda persona que requiera de sus servicios”.**

Se cita que esta obligación está establecida en el artículo 11 de la ley provincial 7678 Estatuto de la Carrera Sanitaria para el Personal de la Salud Pública de Salta.

![sanidad_sanitarios_contrataciones](http://enfoquesalta.com/download/multimedia.normal.9fe1c46ca596ac90.73616e696461645f73616e69746172696f735f636f6e747261746163696f6e655f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**En ese marco, el Ministerio de Salud Pública exhorta al personal a “cumplir con los procedimientos médicos previstos para la atención, debiendo extremarse la misma ante casos de pacientes que presenten o denuncien situación de urgencia en su estado de salud”.**

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